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Movilidad y Tráfico
Movilidad es una materia esencial para el Área de Desarrollo Urbano. La promoción de hábitos saludables, las campañas para el uso del transporte público y los cursos de educación vial desde edades tempranas son algunas de las tareas que el Ayuntamiento de Roquetas de Mar está abordando con un resultado extraordinario. El Plan de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS), los planes para conectar los carriles bici de la ciudad entre sí o la remodelación integral del servicio de autobús urbano explican buena parte del trabajo que el Consistorio está desarrollando en este aspecto.
Plan de Movilidad Urbana Sostenible
La movilidad sostenible implica garantizar que nuestros sistemas de transporte respondan a las necesidades económicas, sociales y ambientales, reduciendo al mínimo sus repercusiones negativas.
El Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (en adelante POTA) establece que “el desarrollo urbano debe sustentarse en un modelo basado en la creación de ciudad que genere proximidad y una movilidad asegurada por altos niveles de dotaciones de infraestructuras, equipamientos y servicios de transportes públicos”. En este sentido, la movilidad constituye una política urbana esencial en los procesos de planificación.
El art. 54 del POTA establece que: (54) Movilidad urbana (D).
Las políticas de movilidad urbana y su integración con los procesos de planificación urbanística y territorial desempeñan un importante papel en la ordenación y gestión de las ciudades. Los criterios básicos que deberá desarrollar la planificación territorial y urbanística son los siguientes:
Modelos urbanos que favorezcan la ciudad multifuncional, equilibrada y accesible con un adecuado tratamiento de los problemas de movilidad en los centros urbanos y en la ordenación del crecimiento de la ciudad, incorporando criterios de diversidad, proximidad y complejidad en la trama urbana. Incorporar el transporte público como modo preferente en los ámbitos metropolitanos, grandes ciudades y ciudades medias. Creación de una red coherente de plataformas reservadas para los medios de transporte colectivos (carriles-bus, metro, cercanías, tranvías, etc.).
Incorporar criterios de diseño urbanístico dirigidos a moderar y pacificar el tráfico urbano: incremento de áreas peatonales frente a las reservadas al tráfico rodado.
(El apartado c, no figura)Construir un sistema integrado de carácter intermodal que evite el uso ineficiente de los medios de transportes disponibles a nivel urbano y territorial.
Desarrollar sistemas de movilidad por medios de transporte no motorizado. Una red coherente de carriles para bicicletas e itinerarios peatonales deberán formar parte integrante de los Sistemas Generales del planeamiento urbanístico.
Adaptar el diseño de las infraestructuras y equipamientos a las necesidades de la población con discapacidad y movilidad reducida.
Se elaborarán Planes de Transporte Metropolitano en los Centros Regionales como instrumento para la programación de las infraestructuras y servicios del transporte, en consonancia con la ordenación territorial y urbanística que habrán de definir el modelo de ciudad y su correspondencia con las necesidades de movilidad.
Se impulsarán los sistemas de gestión, en particular la creación de Consorcios de Transporte metropolitano en las áreas urbanas constituidos por la Junta de Andalucía y los Ayuntamientos implicados, sobre la base de la definición de ámbitos de transporte coherentes con criterios de ordenación territorial y de la logística del sector. Dichos Consorcios se dotarán de una instancia de coordinación regional para favorecer el intercambio de experiencias y la aplicación de buenas prácticas en el desarrollo de modelos de gestión de transportes públicos”.
Aunque el PGOU de Roquetas de Mar analizó la movilidad de la población como referente principal para la reordenación del tráfico urbano (al menos como uno de los documentos que sirvieron para su aprobación provisional), las medidas finalmente adoptadas en la planificación urbanística, centradas en un tranvía como eje de transporte que sirviera para la vertebración del municipio en detrimento del transporte privado motorizado, puede considerarse rebasados ya por los nuevos modelos que se establecen en la arquitectura de la movilidad (carril bici, vehículos eléctricos, itinerarios seguros etc.), más económicos y eficientes.
El PMUS elaborado se incardina dentro de la Estrategia Española de Movilidad Sostenible aprobada por el Consejo de Ministros, el 30 de abril de 2009, que constituye el marco de referencia nacional que integra los principios y herramientas de coordinación para orientar y dar coherencia a las políticas sectoriales que facilitan una movilidad sostenible y baja en carbono.
Los documentos que se incorporan en el PMUS:
Diagnóstico (Índice e introducción)
Redes y tráfico
Propuestas
Actualización realizada en 2018.
Se fijan los objetivos o directrices del PMUS que se concretan en dos actuaciones:
Ordenanzas municipales del transporte, que constituye el instrumento de carácter legal fundamental en la regulación de viajes en vehículo privado en ámbitos municipales que permita la contención de la movilidad motorizada por motivos de trabajo, estudios, compras y sanidad.
Directrices para el planeamiento urbanístico que deberán integrarse en el PGOU para garantizar el desarrollo coordinado de las estrategias de gestión de la movilidad. Que deberán ser objeto de análisis por los servicios de transformación de suelo y sistemas generales.
Se quiere significar con carácter inicial, en materia de Transporte Público, la necesidad de coordinar con el Consorcio metropolitano de transporte y las empresas concesionarias del transporte interurbano, la actuación propuesta sobre el establecimiento del servicio de transporte a través de la nueva línea (en cuya memoria y prescripciones técnicas se está avanzando). Se trata de evitar la situación que se produjo, por la coincidencia de itinerarios entre el transporte urbano e interurbano, dada la fisonomía del territorio municipal, por la que se anuló por el TSJA, el concierto inicialmente aprobado por la Comisión municipal de gobierno del Ayuntamiento el 30 de junio y 21 de octubre de 1994 para el transporte público municipal, mediante sentencia 820/1997 de 26 de mayo de 1997.
La aprobación del PMUS constituye la base de dos líneas subvencionadas de la Estrategia de Desarrollo Urbano Sostenible (EDUSI 2020) conforme a lo establecido por el Comité de Seguimiento del POPE (Programa Operativo Pluri-regional de España) el 7 de junio de 2017:
RM-OT4-LA1 – RM, CIUDAD PEATONAL (CAMINOS ESCOLARES).
RM-OT4-LA2 RM, CIUDAD TRANQUILA (OTRAS MEDIDAS DEL PMUS).
Transporte urbano colectivo
Para participar en el Anteproyecto de Transporte colectivo urbano y en la Ordenanza de Circulación, puede enviar sus propuestas al correo sugerencias.movilidad@aytoroquetas.org.
Constituye el objeto del presente Proyecto de Servicio Público la definición de los contenidos técnicos y económicos de la Concesión de transporte público regular urbano de viajeros por carretera de uso general en el municipio de Roquetas de Mar.
Partiendo de un análisis socioeconómico y territorial del municipio de Roquetas de Mar y junto a lo expuesto en talleres de trabajo, reuniones y encuestas realizadas a los ciudadanos y representantes de distintas asociaciones de Roquetas de Mar, se extraen las necesidades y se define así la red del transporte público urbano propuesto. Siempre buscando la eficiencia y la sostenibilidad del sistema en el medio-largo plazo, dar servicio de transporte público a núcleos urbanos actualmente más aislados, así como el fomento de la utilización del transporte público urbano en detrimento del vehículo particular.
Se someten a consulta los siguientes documentos:
Diagnóstico de Transporte Colectivo
Introducción y antecedentes.
Análisis demográfico.
Análisis económico y usos del suelo.
Centros generadores de movilidad e infraestructuras de transporte.
Campos de trabajo (proceso de participación).
Resultados y Propuestas.
Anexos.
Anteproyecto de Transporte Colectivo
Documento general de anteproyecto.
Anexo 1 Propiedades.
Anexo 2 Paradas.
Anexo 3 Planos.
Reglamento:
Ordenanza Municipal de Circulación y Uso de la Vía Pública
La nueva Ordenanza Municipal de Circulación y Uso de la Vía Pública ya se encuentra en exposición previa y se divide en cinco libros que pueden consultarse en los siguientes enlaces:
Libro primero. Circulación y usos de las vías públicas del término municipal de Roquetas de Mar.
Libro segundo. Ordenanza de circulación de peatones y ciclistas del Ayuntamiento de Roquetas de Mar.
Libro tercero. Ordenanza de regulación de los vehículos de movilidad personal.
Libro cuarto. Regulador del servicio urbano de transportes en automóviles ligeros (autotaxis) en el municipio de Roquetas de Mar.
Libro quinto. Regulador del estacionamiento de autocaravanas en el término municipal de Roquetas de Mar.
Anexo.
Puede enviar sus aportaciones al correo sugerencias.movilidad@aytoroquetas.org.
Mejora de Accesibilidad Centros Escolares
La accesibilidad es una de las principales prioridades del Ayuntamiento de Roquetas de Mar. Como consecuencia de ello, el Área de Desarrollo Urbano realiza continuas actuaciones para la mejora de la accesibilidad de los espacios públicos.. Un compromiso para hacer de la ciudad un lugar más amable con todos los ciudadanos, una hoja de ruta sobre la que el Ayuntamiento va a acometer diversas actuaciones en el municipio, que ya fue anunciada en el marco del Día Internacional de las Personas con Discapacidad.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER). “Una forma de hacer Europa”
C.D.P. Saladares.
C.D.P. Altaduna.
I.E.S. Mediterráneo.
C.E.I.P. Trinidad Martínez.
I.E.S. Virgilio Valdivia.
C.E.I.P. Francisco Saiz Sanz.
I.E.S. Carlos III.
C.E.I.P. Blas Infante.
I.E.S. Aguadulce.
C.E.I.P. Arcoiris.
C.D.P. Portocarrero.
C.E.I.P. Francisco Villaespesa.
I.E.S. El Parador.
C.E.I.P. Torrequebrada.
C.E.I.P. Posidonia.
St. George’s School.
C.E.I.P. Las Salinas.
C.D.P. Al Bayyana.
C.E.I.P. Virgen del Rosario.
C.D.P. Portomagno.
C.E.I.P. La Romanilla.
I.E.S. Algazul.
C.E.I.P. La Molina.
C.E.I.P. Las Lomas.
I.E.S. Sabinar – parte 1.
I.E.S. Sabinar – parte 2.
C.E.I.P. Juan de Orea – parte 1.
C.E.I.P. Juan de Orea – parte 2.
I.E.S. Turaniana.
C.E.I.P. Llanos de Marín.
C.E.I.P. Poniente.
C.E.I.P. Las Marinas.
C.E.I.P. Gabriel Cara.
I.E.S. Las Marinas – parte 1.
I.E.S. Las Marinas – parte 2.
I.E.S. Las Marinas – parte 3.
Para participar en el Anteproyecto del Eje Ciclista Cortijos de Marín – Centro Ciudad, Accesos Centros Escolares, en la Ordenanza de Circulación y en la mejora de la seguridad en el eje ciclista de la costa puede enviar sus propuestas al correo sugerencias.movilidad@aytoroquetas.org.
Semana Europea de la Movilidad 2023
Roquetas de Mar un año más vuelve a celebrar la Semana Europea de la Movilidad durante los días 16 y el 22 de septiembre de 2023, bajo el lema escogido por la Comisión Europea “Combina y muévete”.
El objetivo de esta semana será fomentar una movilidad urbana sostenible y el uso del transporte público en nuestra ciudad. Para ello, se han organizado distintas actividades durante toda la semana.
Importante: para las actividades marcadas con asterisco se recomienda inscripción previa al correo: sem@mayeuticaconsultores.com
Plan Movilidad Urbana Sostenible
La movilidad sostenible implica garantizar que nuestros sistemas de transporte respondan a las necesidades económicas, sociales y ambientales, reduciendo al mínimo sus repercusiones negativas.
El Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (en adelante POTA) establece que “el desarrollo urbano debe sustentarse en un modelo basado en la creación de ciudad que genere proximidad y una movilidad asegurada por altos niveles de dotaciones de infraestructuras, equipamientos y servicios de transportes públicos”. En este sentido, la movilidad constituye una política urbana esencial en los procesos de planificación.
Las políticas de movilidad urbana y su integración con los procesos de planificación urbanística y territorial desempeñan un importante papel en la ordenación y gestión de las ciudades. Los criterios básicos que deberá desarrollar la planificación territorial y urbanística son los siguientes:
Modelos urbanos que favorezcan la ciudad multifuncional, equilibrada y accesible con un adecuado tratamiento de los problemas de movilidad en los centros urbanos y en la ordenación del crecimiento de la ciudad, incorporando criterios de diversidad, proximidad y complejidad en la trama urbana. Incorporar el transporte público como modo preferente en los ámbitos metropolitanos, grandes ciudades y ciudades medias. Creación de una red coherente de plataformas reservadas para los medios de transporte colectivos (carriles-bus, metro, cercanías, tranvías, etc.).
Incorporar criterios de diseño urbanístico dirigidos a moderar y pacificar el tráfico urbano: incremento de áreas peatonales frente a las reservadas al tráfico rodado.
[el apartado c) no figura]Construir un sistema integrado de carácter intermodal que evite el uso ineficiente de los medios de transportes disponibles a nivel urbano y territorial.
Desarrollar sistemas de movilidad por medios de transporte no motorizado. Una red coherente de carriles para bicicletas e itinerarios peatonales deberán formar parte integrante de los Sistemas Generales del planeamiento urbanístico.
Adaptar el diseño de las infraestructuras y equipamientos a las necesidades de la población con discapacidad y movilidad reducida.
Se elaborarán Planes de Transporte Metropolitano en los Centros Regionales como instrumento para la programación de las infraestructuras y servicios del transporte, en consonancia con la ordenación territorial y urbanística que habrán de definir el modelo de ciudad y su correspondencia con las necesidades de movilidad.
Se impulsarán los sistemas de gestión, en particular la creación de Consorcios de Transporte metropolitano en las áreas urbanas constituidos por la Junta de Andalucía y los Ayuntamientos implicados, sobre la base de la definición de ámbitos de transporte coherentes con criterios de ordenación territorial y de la logística del sector. Dichos Consorcios se dotarán de una instancia de coordinación regional para favorecer el intercambio de experiencias y la aplicación de buenas prácticas en el desarrollo de modelos de gestión de transportes públicos”.
Aunque el PGOU de Roquetas de Mar analizó la movilidad de la población como referente principal para la reordenación del tráfico urbano (al menos como uno de los documentos que sirvieron para su aprobación provisional), las medidas finalmente adoptadas en la planificación urbanística, centradas en un tranvía como eje de transporte que sirviera para la vertebración del municipio en detrimento del transporte privado motorizado, puede considerarse rebasados ya por los nuevos modelos que se establecen en la arquitectura de la movilidad (carril bici, vehículos eléctricos, itinerarios seguros etc.), más económicos y eficientes.
El PMUS elaborado se incardina dentro de la Estrategia Española de Movilidad Sostenible aprobada por el Consejo de Ministros, el 30 de abril de 2009, que constituye el marco de referencia nacional que integra los principios y herramientas de coordinación para orientar y dar coherencia a las políticas sectoriales que facilitan una movilidad sostenible y baja en carbono.
Ordenanzas municipales del transporte, que constituye el instrumento de carácter legal fundamental en la regulación de viajes en vehículo privado en ámbitos municipales que permita la contención de la movilidad motorizada por motivos de trabajo, estudios, compras y sanidad.
Directrices para el planeamiento urbanístico que deberán integrarse en el PGOU para garantizar el desarrollo coordinado de las estrategias de gestión de la movilidad. Que deberán ser objeto de análisis por los servicios de transformación de suelo y sistemas generales.
Se quiere significar con carácter inicial, en materia de Transporte Público, la necesidad de coordinar con el Consorcio metropolitano de transporte y las empresas concesionarias del transporte interurbano, la actuación propuesta sobre el establecimiento del servicio de transporte a través de la nueva línea (en cuya memoria y prescripciones técnicas se está avanzando). Se trata de evitar la situación que se produjo, por la coincidencia de itinerarios entre el transporte urbano e interurbano, dada la fisonomía del territorio municipal, por la que se anuló por el TSJA, el concierto inicialmente aprobado por la Comisión municipal de gobierno del Ayuntamiento el 30 de junio y 21 de octubre de 1994 para el transporte público municipal, mediante sentencia 820/1997 de 26 de mayo de 1997.
La aprobación del PMUS constituye la base de dos líneas subvencionadas de la Estrategia de Desarrollo Urbano Sostenible (EDUSI 2020) conforme a lo establecido por el Comité de Seguimiento del POPE (Programa Operativo Pluri-regional de España) el 7 de junio de 2017:
RM-OT4-LA1 – RM, CIUDAD PEATONAL (CAMINOS ESCOLARES).
RM-OT4-LA2 RM, CIUDAD TRANQUILA (OTRAS MEDIDAS DEL PMUS).
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