La Teniente Alcalde, Eloísa Cabrera, adelantó que “era necesario dotar a la localidad de una normativa que permitiera erradicar este problema”.
Eloísa Cabrera, Teniente Alcalde de Roquetas de Mar, ha adelantado que el Ayuntamiento trabaja en los últimos detalles de la Ordenanza sobre protección y tenencia de animales, anunciando que “el objeto de esta regulación es ordenar todos los aspectos relativos a la protección, tenencia, y venta de los animales de compañía, armonizando la convivencia de los mismos”. Esta ordenanza, de igual forma, “va a regular la obligatoriedad de la recogida inmediata de los excrementos de las mascotas por parte de su propietario, ya que es éste una de los más graves problemas que nos encontramos en la limpieza viaria, por ello y una vez más, solicito a los ciudadanos concienciación para tener una ciudad más limpia y saludable”. La Teniente Alcalde ha informado que “se van a imponer sanciones, de entre 75 y 500 euros, a los infractores y vamos a ser realmente estrictos en su cumplimiento, por el bien común”.
Eloísa Cabrera ha adelantado que “desde el Consistorio ya se ha proyectado un parque para perros en Las Colinas y tenemos dos más en estudio al objeto de ofrecer estos espacios en las cercanías de los distintos núcleos de la localidad a los propietarios de mascotas”.
La ordenanza en la que se está trabajando establecerá las normas sobre el mantenimiento de los animales, la ubicación de los mismos y su circulación por las vías y espacios públicos. Habrá una obligatoriedad sobre la identificación y el registro, así como una clasificación pormenorizada de la tipología de los animales salvajes, “que quedan terminantemente prohibidos y los potencialmente peligrosos que deberán cumplir las medidas de seguridad que se desarrollan en la ordenanza”, afirmaba la Teniente Alcalde.
Esta nueva normativa pretende, de igual forma, “hacer partícipe a todos los ciudadanos y asociaciones del municipio, para que cualquier persona pueda presentar denuncias a fin de poner en conocimiento del Ayuntamiento la existencia de un determinado hecho que pueda ser constitutivo de cualquier infracción que contravenga esta ordenanza”.