La Concejalía de Gestión Tributaria revela que un 40% de los recibos se encuentran ya domiciliados y anima a solicitar esta modalidad de pago tras la reciente entrada en vigor de varias nuevas ordenanzas fiscales de cara al ejercicio 2021

Ya son varios miles los ciudadanos roqueteros que han optado por la domiciliación del pago de tributos municipales, modalidad de pago que permite al contribuyente cumplir más cómodamente con sus obligaciones tributarias, además de asegurarse el hacerlo en plazo. En este sentido, la reciente actualización de ordenanzas fiscales municipales realizada desde la Delegación de Gestión Tributaria, que dirige el concejal Antonio López, simplifica también los trámites para solicitar el pago a través de este sistema, a la vez que ofrece al contribuyente diferentes opciones para poder hacerlo del modo que le resulte más sencillo.

Según datos obtenidos desde la Delegación de Gestión Tributaria, relativos al último ejercicio, actualmente son más de 80.000 los recibos correspondientes a tributos municipales que están siendo gestionados por la vía de la domiciliación, lo que supone más del 36% de todos los recibos emitidos.

De forma específica, respecto al pago por el Impuesto de Bienes Inmuebles de naturaleza urbana (IBI), son ya más de 42.000 los recibos domiciliados, lo que corresponde a más del 41% del total, estando el porcentaje de domiciliación de recibos por el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza rústica en más del 20% del total.

La Tasa de Recogida y Tratamiento de Basura es hasta ahora el tributo que mantiene el mayor porcentaje de recibos domiciliados, con un 46,41%, y más de 27.924 cobros canalizados a través de este sistema. Por contra, el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica cuenta con un 17,84%, lo que corresponde a la cantidad de 10.167 vehículos. En este sentido, la tasa por entrada de vehículos a través de aceras (vados), alcanza un porcentaje de domiciliación 29,72%, lo que corresponde a un total de 929 recibos.

Fraccionamientos y aplazamientos

Junto a la actualización del trámite para domiciliar los pagos, la reciente entrada en vigor de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Procedimiento para el Aplazamiento y Fraccionamiento de Deudas Tributarias y Otros Ingresos de Derecho Público ofrece también la posibilidad de acogerse a un sistema de fraccionamiento de pagos cada vez más ágil, seguro y eficiente, que se espera facilite considerablemente a los ciudadanos la gestión de tributos y deudas.

Dicha ordenanza también contempla ventajas como la posibilidad de conceder fraccionamientos de pago de deudas de hasta 24 meses y aplazamientos de hasta 12 meses, siempre que se garantice la deuda. El texto modifica también el tratamiento de solicitudes de fraccionamiento y aplazamiento relativas a sanciones, al objeto de diferenciar las deudas por infracción administrativa de las derivadas de actividad tributaria, y promover el abono en periodo voluntario. Asimismo, se amplía la posibilidad de fraccionar el pago de deudas sin necesidad de aportar garantías, capítulo que pasa de 6.000 a 45.000 euros

El concejal de Gestión Tributaria, Antonio López, destacaba, en relación al texto recientemente aprobado, el hecho de que “da continuidad a las diferentes medidas de flexibilización adoptadas por el Ayuntamiento desde el comienzo de la crisis sanitaria, entre las que ya se han dispuesto la ampliación de plazos de pago, el aumento de bonificaciones, reducciones de tasas en instalaciones y servicios municipales, y una batería de ayudas al comercio desarrolladas desde los planes Impulsa”.

Cómo domiciliar los tributos

Los ciudadanos interesados en tramitar la domiciliación de recibos periódicos, pueden hacerlo de las siguientes formas:

  • Directamente en sus entidades bancarias, marcando la casilla dispuesta a tal efecto en los formularios de pago en oficinas bancarias.

  • A través de la Web Municipal (https://roquetasdemar.es), con certificado digital, siguiendo la secuencia “Trámites y Gestiones > Carpeta Ciudadana > Identificación > Tributos > Consulta de Objetos Tributarios > (marcar los recibos que desea domiciliar en el circulito) >Alta o Modificación de domiciliación Bancaria”. (El sistema requerirá adjuntar certificado de cuenta bancaria u otro documento en el figuren IBAN completo y nombre del titular).

  • Si no dispone de certificado digital, el trámite puede también realizarlo, en nombre del interesado/a, cualquier persona que sí disponga de dicho certificado, mediante la instancia genérica, adjuntando una autorización firmada por el titular de los recibos, junto a certificado de cuenta y copia de DNI o NIE.

  • También se puede efectuar el trámite de manera presencial, acudiendo, con cita previa, a la oficina de Administración Tributaria (C/ San José nº 5, Roquetas), o a las oficinas municipales sitas en Plaza Isla de Izaro s/n (Aguadulce) y Carretera de los Motores, 179 (Aguadulce).