El Tribunal Superior de Andalucía ha dado la razón al Ayuntamiento de Roquetas de Mar en la concesión de una licencia de obras en Playa Serena Sur. Según el Alto Tribunal, el bloque de viviendas situado entre las calles Ciudad de Cádiz, calle Calandria y Paseo Marítimo de Playa Serena obtuvo la licencia municipal para su construcción ajustándose a derecho.
Este asunto comenzó cuando la Junta de Andalucía, en su afán de detener el progreso de Roquetas de Mar, sumó una denuncia más a las decisiones tomadas por el Consistorio. Primero instó a la revisión de oficio del Acuerdo de Junta de Gobierno que otorgaba esta licencia, y una vez rechazado por el Ayuntamiento de la localidad al entender que no concurría causa legal alguna para esta petición, interpuso recurso al Contencioso Administrativo de Almería solicitándole dicha revisión, la nulidad de la licencia y la restauración de la legalidad urbanística, o sea, la demolición del Edificio.
En primera instancia, el Contencioso número 1 de Almería dictó sentencia por la que estimaba parcialmente el recurso de la Junta de Andalucía, declarando que el Ayuntamiento debía revisar de oficio esta licencia y desestimando el resto de sus peticiones. Tras esta sentencia, el Consistorio recurrió en apelación a la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Andalucía que ha dictaminado a favor del Ayuntamiento de Roquetas de Mar, entendiendo que tampoco cabe revisión de la referida sentencia por ajustarse a derecho la actuación desarrollada desde el Gobierno Municipal. Esta Sentencia es firme y no cabe recurso alguno.
En consecuencia, el Alto Tribunal Andaluz ha entendido que ninguna de las tres peticiones solicitadas por el Gobierno autonómico tenían razón jurídica alguna.