La Comisión Informativa Permanente de Desarrollo Urbano del Ayuntamiento de Roquetas de Mar da el visto bueno la nueva Ordenanza Municipal para la Prevención y el Control de las Plagas de Mosquitos y Moscas, presentada a propuesta de la concejala de Aseo urbano, Parques y jardines y Mercados, Susi Ibáñez Toro
Esta ordenanza municipal pretende principalmente aportar información y consejos a los ciudadanos para evitar la presencia o expansión de moscas y mosquitos picadores, a la vez que prevenir situaciones que puedan atraer a estos insectos, como la acumulación de aguas estancadas o residuos orgánicos. También podrá, una vez complete su proceso administrativo, dotar al Ayuntamiento de herramientas necesarias para velar por el cumplimiento de las prescripciones sanitarias y de higiene que permitan combatir estas plagas
Esta semana se aprobaba en Comisión Informativa Permanente de Desarrollo Urbano del Ayuntamiento la nueva Ordenanza Municipal para la Prevención y el Control de las Plagas de Mosquitos y Moscas, confeccionada desde la Delegación de Aseo urbano, Parques y jardines y Mercados, dirigida por la concejala Susi Ibáñez Toro. La propia concejala destacaba, respecto a la ordenanza en proceso, que “se justifica por una razón de interés general primordial como es el bienestar y la salud pública”, definiendo como el principal objetivo de la misma “establecer las medidas necesarias para mantener las poblaciones de moscas y mosquitos dentro de límites tolerables, minimizando los efectos molestos e insalubres que estos insectos ocasionan”.
El texto aporta una serie de disposiciones en las que se informa a ciudadanos, empresas, colectivos y comunidades sobre sus responsabilidades y obligaciones de cara a evitar la presencia y/o expansión de las moscas y mosquitos picadores en el municipio, a la vez que se pretende concienciar acerca de la necesidad de cumplir con estas obligaciones, como ejercicio de responsabilidad ciudadana.
Asimismo, la Ordenanza dota al Ayuntamiento y a los órganos competentes de las herramientas necesarias para hacer cumplir las directrices oportunas en los espacios de titularidad privada, estableciendo diferentes tipologías en cuanto a faltas e infracciones, y contemplando modalidades y situaciones susceptibles de sanción a los sujetos responsables de favorecer la reproducción de moscas y mosquitos picadores en las propiedades privadas. Una vez aprobado, el texto se debatirá en el próximo Pleno Municipal y continuará su proceso administrativo, con vistas a entrar en vigor en los próximos meses.
En cuanto al contenido de la presente ordenanza, se hace especial hincapié en la necesidad de evitar la presencia de agua estancada, el acopio incontrolado de residuos orgánicos o la acumulación de suciedad, entendiéndose que son éstas las situaciones más proclives a atraer insectos, o provocar la aparición de focos de cría o infección de larvas.
En este sentido, se establece la obligación a propietarios o responsables de espacios, tanto públicos como privados, así como centros de actividades comerciales e industriales, zonas residenciales, etc., de mantener dichos espacios en condiciones de higiene, salubridad, seguridad y ornato público. Se extiende esta obligación también a adoptar las medidas necesarias para evitar la presencia de aguas estancadas o acopio de residuos orgánicos durante un tiempo prolongado que pueda provocar la aparición de focos de insectos.
Se indica asimismo que los objetos o enseres que puedan acumular agua deberán neutralizarse, mediante su retirada o la aplicación de medidas que permitan evitar esta acumulación. Deberá, de esta forma, revisarse y ser limpiado cualquier objeto susceptible de acumular agua, al menos dos veces por semana, para que no dé tiempo al desarrollo de huevos o larvas. De igual manera, en imbornales y otros desagües dotados con sistema de sifón, el agua habrá de ser sustituida también dos veces por semana o recibir algún tipo de tratamiento biocida preventivo.
Tanto canalones de recogida de pluviales, como canaletas, sumideros y similares se habrán de mantener limpios de restos vegetales o basura, así como desinfectados y en perfectas condiciones de funcionamiento. En balsas, balsetas, pozos, aljibes, fosas sépticas, tortugueros, acuarios, fuentes, estanques y elementos similares, que no contengan depredadores naturales de mosquitos, se recomienda adoptar sistemas de cloración, introducir depredadores naturales o cubrir con malla, debidamente ajustada, que evite el paso de luz. Igual consideración cabe hacer en el caso de las balsas de riego y piscinas que no se encuentren en estado de uso habitual, así como cualquier espacio susceptible de terminar almacenando agua estancada.
Parcelas, solares, campos o lindes donde se pueda acumular maleza, como cañas y carrizo, se habrán de mantener limpias de vegetación que pueda servir de refugio a insectos o producir focos de suciedad. En ellas se habrá también de evitar la presencia de fosos, zanjas, hoyos o cualquier desnivel susceptible de acumular agua o suciedad.
Asimismo, los ciudadanos, y en particular los titulares de bienes muebles o inmuebles, establecimientos públicos, comercios, instalaciones, actividades económicas, servicios o comunidades, tienen la obligación de extremar el cuidado en la gestión de sus residuos sólidos urbanos, así como atenerse la Ordenanza Municipal Reguladora de Limpieza, en lo que se refiere a forma, lugar y horarios de recogida.
En cuanto a residuos procedentes de explotaciones agrícolas, deberán gestionarse de acuerdo a la Ordenanza Municipal Reguladora de la Gestión de los Residuos Agrícolas, tomándose las precauciones necesarias que eviten que su descomposición atraiga la presencia moscas, mosquitos o focos de cría. Se deberá disponer asimismo de un Plan Control Prevención, Seguimiento y Control de mosquitos y moscas por parte de las empresas, que disponga medios, condiciones, actuaciones a realizar, tipologías de productos, historial de revisiones, etc.
Centros docentes, deportivos, lúdicos y otras instalaciones de uso estacional deberán también disponer de un plan que permita prevenir y evitar la aparición de plagas en épocas de cierre o baja actividad. Esta disposición será también aplicable a zonas residenciales comunitarias, obras, viveros, lugares de esparcimiento, centros de trabajo, hoteles, restaurantes o cualquier otra instalación con presencia de jardines, piscinas, vegetación ornamental, fuentes, zonas de juego infantil, papeleras, contenedores, etc.
Llamamiento al civismo
En definitiva, se insta a mantener una actitud cívica, y se aportan las indicaciones necesarias para evitar situaciones de acumulación de aguas estancadas, residuos orgánicos o acopios de material que, incluso generándose en espacios privados o particulares, puedan atraer focos de insectos y generar un perjuicio a ciudadanos o negocios de las zonas colindantes.
A este respecto, se establece que el Ayuntamiento de Roquetas de Mar, en el ejercicio de sus competencias y dentro de su término municipal, habrá de realizar las acciones de control e inspecciones necesarias para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en esta Ordenanza, con el objeto de preservar la salud de su población y evitar los efectos negativos que pueden ocasionar estos insectos dentro de su ámbito territorial.
De esta manera, se considerará infracción cualquier acción u omisión que suponga un incumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, así como en las demás disposiciones específicas dictadas sobre esta materia. Asimismo, dichas infracciones podrán ser objeto, previa instrucción del correspondiente expediente, de la imposición de las sanciones administrativas. Estas sanciones obligarán al pago de una cuantía económica, y podrán calificarse como leves, graves o muy graves, teniendo en cuenta criterios como riesgo para la salud, grado de intencionalidad, gravedad afecciónes sanitarias, alarma social producida, generalización de la infracción o la reincidencia.
La concejala delegada de Aseo Urbano, Parques y Jardines y Mercados, Susi Ibáñez Toro, ha reiterado “el compromiso del Ayuntamiento en la lucha contra estas plagas de mosquitos y moscas, que llegan a afectar considerablemente, tanto al bienestar de nuestros vecinos y nuestros visitantes, como a las actividades comerciales”. La edil llamaba también a la responsabilidad ciudadana en cuanto al cuidado de espacios particulares, recordando la necesidad de mantener éstos en condiciones higiénico-sanitarias adecuadas para evitar la aparición de focos de cría, recordando asimismo que la dejación de funciones, en este sentido, puede ser motivo de sanción.